Sanción de la Constitución Unitaria
30 de abril de 1819
						Antecedentes: Conflictos entre Buenos Aires y los caudillos del Litoral.
						El 11 de agosto de 1817 el Congreso nombró una comisión compuesta por los diputados Paso, Sánchez de Bustamante, Zavaleta, Sáenz
						y Serrano para redactar un proyecto de Constitución. Pueyrredón, director supremo, en oficio dirigido al Congreso pidiéndole:
						"respeten los principios admitidos en la corte europea (Congreso de Viena) y (...) que formaban la política del este siglo".
						Éste defendía los principios a que aludía Pueyrredón, centralistas y monárquicos. .
						Contenido esencial
						El Poder Ejecutivo estaba a cargo de un "director del Estado" elegido por el Congreso y cuyo mandato era de cinco años. El Poder
						Legislativo lo constituía: Una Cámara de Representantes integrada por diputados de la capital y de la provincias, elegidos en
						proporción de uno cada veinticinco mil habitantes. Un Senado compuesto por un senador por provincia, tres senadores eclesiásticos,
						tres senadores militares, el director de Estado saliente y un senador por cada una de las universidades. Los senadores duraban doce
						años en sus funciones y eran renovados por tercios cada cuatro años. El Poder Judicial estaba integrado por una Corte Suprema de
						Justicia compuesta por siete jueces y dos fiscales nombrados por el director del Estado, y diversos tribunales inferiores. Los
						gobernadores de provincia serían nombrados por el gobierno central a propuesta de los cabildos respectivos.(volver)