Sanción de la Constitución Unitaria
30 de abril de 1819
Antecedentes: Conflictos entre Buenos Aires y los caudillos del Litoral.
El 11 de agosto de 1817 el Congreso nombró una comisión compuesta por los diputados Paso, Sánchez de Bustamante, Zavaleta, Sáenz
y Serrano para redactar un proyecto de Constitución. Pueyrredón, director supremo, en oficio dirigido al Congreso pidiéndole:
"respeten los principios admitidos en la corte europea (Congreso de Viena) y (...) que formaban la política del este siglo".
Éste defendía los principios a que aludía Pueyrredón, centralistas y monárquicos. .
Contenido esencial
El Poder Ejecutivo estaba a cargo de un "director del Estado" elegido por el Congreso y cuyo mandato era de cinco años. El Poder
Legislativo lo constituía: Una Cámara de Representantes integrada por diputados de la capital y de la provincias, elegidos en
proporción de uno cada veinticinco mil habitantes. Un Senado compuesto por un senador por provincia, tres senadores eclesiásticos,
tres senadores militares, el director de Estado saliente y un senador por cada una de las universidades. Los senadores duraban doce
años en sus funciones y eran renovados por tercios cada cuatro años. El Poder Judicial estaba integrado por una Corte Suprema de
Justicia compuesta por siete jueces y dos fiscales nombrados por el director del Estado, y diversos tribunales inferiores. Los
gobernadores de provincia serían nombrados por el gobierno central a propuesta de los cabildos respectivos.(volver)